Uno de los pilares del control de la hidatidosis,
es la legislación.
En Argentina tenemos legislación desde los
inicios del siglo pasado, la Ley
Nacional vigente sobre “profilaxis de
la hidatidosis” es del año 1941 y las “Normas Técnicas y Manual de
Procedimientos para el control de la Hidatidosis en la República Argentina”,
fueron aprobadas en 1985.
Pero …
cuanta veces hemos escuchado …
Falta una ley de hidatidosis y un manual
de normas y procedimientos.
Con una ley
… se logrará actuar sobre “los pocos
que no aceptan las sugerencias de los programas.”
…. “los programas
tendrán su financiamiento asegurado".
En el año 2020
tenemos manuales de procedimientos, ordenanzas, decretos y
leyes .... suficientes.
La realidad nos dice:
La legislación no se aplica
Los programas no tienen financiamiento.
Ver PDF Decreto presidencial 1908 de profilaxis de la Hidatidosis
Ver PDF Ley Nacional Nº 12.732. “Profilaxis de la hidatidosis”. 1941
Ver PDF Ley provincial Chubut Nº 4087: “Hidatidosis”
Ver PDF “Normas técnicas y manual de procedimientos para el control de la hidatidosis en la República Argentina”. Ministerio de Salud 2010.
Ver PDF “Plan Marco de Control de la hidatidosis en la República Argentina”. SENASA 2015
Se
enumeran cronológicamente las
principales leyes nacionales, algunas provinciales y las normas y procedimientos
nacionales, que dan sustento legal al control de la hidatidosis.
3.-1995
a.- LEGISLACIÓN
Y/O LEYES
1.-
1905.
La
Comisión Municipal de la Capital Federal, aprobó una ordenanza de profilaxis de
los quistes hidatídicos, con la prohibición de la entrada de perros en los
mataderos de la ciudad.
2.-
1906.
En diciembre
inicia sus tareas una comisión de expertos establecida por decreto del
presidente Figueroa Alcorta e integrada entre otros por los doctores José de Apellaniz, Marcelino Herrera Vegas, Daniel Cranwell,
José León Suarez y el Veterinario
Joaquín Zabala, para proyectar las medidas y redactar las instrucciones
adecuadas “para conseguir la disminución de los casos de quistes hidatídicos
de la República”.
Esta
“comisión” entrega en 1908 a las autoridades nacionales un dictamen sobre
medidas de prevención que debían ser adoptadas, haciendo hincapié en que “los
mataderos son los grandes focos de infestación, desde donde se propagan los
quistes hidatídicos”.
3.-
1908
El
20 de marzo el Poder Ejecutivo dictó un decreto, aprobando dicho informe y
disponiendo que se debían “adoptar las medidas que en él se aconsejaban para
evitar la difusión de los quistes hidatídicos”.
El
decreto establece dos (2) “medidas de
propaganda” referidas a colocar murales
ilustrados en los sitios frecuentados por la población y distribuir por medio
de la Sociedad Rural una cartilla ilustrada en el medio rural y establece siete
(7) “medidas administrativas”, de las cuales cinco se refieren a los mataderos,
y las otras a los perros y las huertas
cercadas.
4. 1908
La Sociedad de Medicina Veterinaria de Buenos Aires,
elaboró un proyecto de ordenanza, enviado en el mes de mayo, a todas las
municipalidades del país, sugiriéndoles la adopción de medidas indispensables
de profilaxis de la hidatidosis.
5.- 1939
La Asociación Médico Veterinaria y la
Asociación Médica Argentina crean la “Comisión
central de profilaxis de la hidatidosis”, que actualizan el documento de 1908, logrando la sanción en
1.941 de la Ley 12.732 de profilaxis obligatoria de la hidatidosis.
Logran
que la Cámara de Diputados apruebe
un “proyecto de declaración”,
solicitando que el poder ejecutivo incluyera la hidatidosis de las especies
ovina, bovina y porcina entre las enfermedades comprendidas en el Reglamento
General de la ley Nº 3959, de Policía Sanitaria de los Animales, y adoptara un
programa nacional
de profilaxis.
La
Ley Nacional Nº 3.959 aprobada en el año 1900 sobre Policía Sanitaria de los
Animales se refiere a las medidas de prevención y control de diversas
enfermedades del ganado. A la fecha se modificó 109 veces. La Dirección de Luchas Sanitarias (DLS) del Servicio Nacional de Sanidad Animal y
Calidad Agroalimentaria (SENASA) es la
responsable de la programación, ejecución y evaluación de las campañas
de sanidad animal.
6.- 1941
Se aprueba la Ley Nacional Nº 12.732 del 10 de Octubre de
1941, sobre “profilaxis de la hidatidosis”, que establece que esta
zoonosis debe ser combatida por el estado y que el Poder Ejecutivo debe
organizar una división de profilaxis en la Dirección de Ganadería y formular un
programa de lucha.
7.- 1941
Se aprueba el Decreto Nº 92.705 que establece que también deben ser combatidas por
las autoridades sanitarias señaladas por la Ley N° 3959 las siguientes
enfermedades: la “hidatidosis” o “equinococosis”, la “encefalomielitis”,
el “edema gaseoso” o “carbunclo sintomático de los ovinos”.
8.- 1948
Se aprueba la Ley provincial Nº 5220 de “profilaxis de la hidatidosis e hidrofobia
de la provincia de Buenos Aires”.
9.- 1960
Se aprueba la Ley Nacional Nº 15.465 sobre Notificaciones
Médicas Obligatorias, que reemplazó a la Ley 12.317 y al Decreto Nº 2.771 de
1979, modificatoria del Agrupamiento de Patologías Notificables de la Ley Nº
15.465.
La hidatidosis se incluye en el Grupo B
(Notificación caso por caso. Enfermedad de Registro) de las enfermedades de
notificación obligatoria, correspondiendo al Poder Ejecutivo Nacional y a los
gobiernos provinciales reglamentar la ley dentro de sus respectivas
competencias.
10.- 1968
Se aprueba el Decreto Nº 4.238/68 y sus modificatorios,
establecen las normas para el contralor sanitario y el destino de las reses y
los órganos que se encuentren afectados por diversas lesiones infecciosas o
parasitarias, entre las que se incluye la hidatidosis. Estas normas, incluidas en
el “Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen
Animal” impiden que mataderos y frigoríficos con inspección veterinarias se
constituyen en una fuente de difusión de la enfermedad hidatídica. La Dirección
de Fiscalización de Productos de Origen Animal (DFPOA), es la Dirección del
SENASA responsable de la inspección sanitaria del procesamiento e
industrialización de alimentos de origen animal y es el órgano ejecutor del
Decreto.
10.- 1974
Se aprueba la Ley Provincial Nº 5.499, de la Provincia de
Entre Ríos “contra la rabia e hidatidosis
animal”.
11.- 1981
Se aprueba la Ley Sanitaria Federal de Carnes Nº 22.375 y
su Decreto Reglamentario Nº 473, que fijan pautas edilicias y de funcionamiento
para los establecimientos de faena en los que deben aplicarse las medidas de
contralor establecidas en el Decreto Nº 4.238/68.
12.- 1995
La Provincia de Chubut sanciona la Ley provincial Nº 4087,
“obligatoriedad de la lucha antihidatídica”, que ahora lleva el nº 176.
13.- 2000
La provincia de Río Negro sanciona la Ley provincial Nº
3480 sobre la “obligatoriedad de la lucha antihidatídica”. Fue reglamentada
según Decreto Nº 575 en el año 2002.
14.- 2007
La provincia de Tierra del Fuego, sanciona la Ley provincial Nº 719 de "obligatoriedad
de la lucha contra la hidatidosis en Tierra del Fuego”. Fue reglamentada
según Decreto Nº 2047.
b.- NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
1.- 1985
Se aprueban por Resolución Nº 546 de la Secretaría de Salud “Las
Normas Técnicas y Manual de Procedimientos para el control de la Hidatidosis en
la República Argentina”.
La “Norma Técnica” fija las líneas programáticas que servirán
de pauta a los organismos oficiales para formular y desarrollar los programas
de control de esta zoonosis. Incluye la organización nacional y provincial, los
sistemas de vigilancia epidemiológica y los procedimientos para su control.
2.- 1987
El Ministerio de Salud de la provincia del Chubut aprueba
las ”Normas y procedimientos para el control de la Hidatidosis en la provincia
del Chubut”.-
3.-1995
Revisión de la “Las Normas Técnicas y Manual de Procedimientos
para el control de la Hidatidosis en la República Argentina”, por un grupo
integrado por Ministerio de Salud de Nación, el Instituto Malbrán y
representantes de programas provinciales.
4.- 2010
El Ministerio de
Salud de la Nación aprueba por Resolución N° 2090 del 24 de noviembre de 2010 la actualización
de las “Normas técnicas y manual de procedimientos para el control de
la hidatidosis en la República Argentina”, aprobada por el Ministerio de
Salud de la Nación en el año 1985 y de su revisión en el año 1995.
La Argentina se
administra según un sistema federal en el que cada provincia es autónoma para
planificar y ejecutar sus programas. El Ministerio de Salud de la Nación participa
en la lucha contra la Hidatidosis, suministrando la medicación (albendazol)
para la terapéutica específica de los casos humanos denunciados y el
antiparasitario (praziquantel) para el control de la enfermedad en los
caninos.
En esta Norma Técnica
se proponen líneas programáticas que puedan servir como herramienta a los
gobiernos provinciales para implementar acciones de vigilancia y control, bajo
un programa provincial de Hidatidosis y para el fortalecimiento de los
programas provinciales vigentes.
5. 2012
El Servicio Nacional
de Sanidad Animal aprueba el “Manual de procedimientos”, dirigido principalmente a los Veterinarios Locales de la Dirección Nacional
de Sanidad Animal y a las autoridades nacionales y provinciales locales
encargadas de la aplicación de las normas de policía sanitaria; por tanto, se
centra en los principios de la enfermedad, su descripción, aplicaciones de las
pruebas de laboratorio, atención de sospechas
y focos, etc.
6.- 2015
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación
por resolución 459 de 2015 aprueban el “Plan Marco de Control de la hidatidosis
en la República Argentina”.
Se detalla el plan marco de control de la Hidatidosis
nacional y se invita a las autoridades de cada jurisdicción
a elaborar e implementar, previa intervención de la Comisión Provincial de
Sanidad Animal (COPROSA) correspondiente, planes de Control de la Hidatidosis a
nivel local, municipal o provincial.
Bibliografía: La profilaxis de la eouinococosis-hidatidosis en países de producción ganadera extensiva. JOSE RAFAEL SERRES. Veterinario – Académico – Hidatidólogo. Del Relato en el XVI Congreso Internacional de Veterinaria, de mayo de 1959 en Madrid, España. Documento en la Biblioteca de La Academia Nacional de Agronomía y Veterinaria
No hay comentarios.:
Publicar un comentario