viernes, 22 de mayo de 2020

LEGISLACIÓN


Uno de los pilares del control de la hidatidosis, es la legislación.

En Argentina tenemos legislación desde los inicios del siglo pasado,  la Ley Nacional vigente  sobre “profilaxis de la hidatidosis” es del año 1941 y las “Normas Técnicas y Manual de Procedimientos para el control de la Hidatidosis en la República Argentina”, fueron aprobadas en 1985.

Pero …  cuanta veces hemos escuchado …

Falta una ley de hidatidosis y un manual de  normas y procedimientos.

Con una ley
                   …  se logrará actuar sobre “los pocos que no aceptan las sugerencias de los programas.”  

                   …. los  programas tendrán  su financiamiento asegurado".

En el año 2020  tenemos  manuales de procedimientos, ordenanzas, decretos y leyes ....  suficientes.

La realidad nos dice:

La legislación no se aplica
Los programas no tienen financiamiento.


Ver PDF Decreto presidencial 1908 de profilaxis de la Hidatidosis

Ver PDF Ley Nacional Nº 12.732. “Profilaxis de la hidatidosis”. 1941

Ver PDF Ley provincial Chubut Nº 4087: “Hidatidosis”

Ver PDF “Normas técnicas y manual de procedimientos para el control de la hidatidosis en la República Argentina”. Ministerio de Salud 2010.

Ver PDF “Plan Marco de Control de la hidatidosis en la República Argentina”. SENASA 2015




Se enumeran cronológicamente  las principales leyes nacionales, algunas provinciales y las normas y procedimientos  nacionales,  que dan sustento legal al control de la hidatidosis.

a.- LEGISLACIÓN Y/O LEYES

1.- 1905.
La Comisión Municipal de la Capital Federal, aprobó una ordenanza de profilaxis de los quistes hidatídicos, con la prohibición de la entrada de perros en los mataderos de la ciudad.

2.- 1906.
En diciembre inicia sus tareas una comisión de expertos establecida por decreto del presidente Figueroa Alcorta e integrada entre otros por los doctores  José de Apellaniz,  Marcelino Herrera Vegas, Daniel Cranwell, José León Suarez  y el Veterinario Joaquín Zabala, para proyectar las medidas y redactar las instrucciones adecuadas “para conseguir la disminución de los casos de quistes hidatídicos de la República”.

Esta “comisión” entrega en 1908 a las autoridades nacionales un dictamen sobre medidas de prevención que debían ser adoptadas, haciendo hincapié en que “los mataderos son los grandes focos de infestación, desde donde se propagan los quistes hidatídicos”.

3.- 1908
El 20 de marzo   el Poder Ejecutivo dictó  un decreto, aprobando dicho informe y disponiendo que se debían “adoptar las medidas que en él se aconsejaban para evitar la difusión de los quistes hidatídicos”.

El decreto establece dos (2)  “medidas de propaganda”  referidas a colocar murales ilustrados en los sitios frecuentados por la población y distribuir por medio de la Sociedad Rural una cartilla ilustrada en el medio rural y establece siete (7) “medidas administrativas”, de las cuales cinco se refieren a los mataderos,  y las otras a los perros y las huertas cercadas.


4. 1908
La Sociedad de Medicina Veterinaria de Buenos Aires, elaboró un proyecto de ordenanza, enviado en el mes de mayo, a todas las municipalidades del país, sugiriéndoles la adopción de medidas indispensables de profilaxis de la hidatidosis.

5.- 1939
La Asociación Médico Veterinaria y la Asociación Médica Argentina crean  la “Comisión central de profilaxis de la hidatidosis”, que  actualizan  el documento de 1908, logrando la sanción en 1.941 de la Ley 12.732 de profilaxis obligatoria de la hidatidosis.
Logran que la Cámara de Diputados apruebe un “proyecto de declaración”, solicitando que  el poder ejecutivo  incluyera la hidatidosis de las especies ovina, bovina y porcina entre las enfermedades comprendidas en el Reglamento General de la ley Nº 3959, de Policía Sanitaria de los Animales, y adoptara un programa nacional de profilaxis.
La Ley Nacional Nº 3.959 aprobada en el año 1900 sobre Policía Sanitaria de los Animales se refiere a las medidas de prevención y control de diversas enfermedades del ganado. A la fecha se modificó 109 veces.  La Dirección de Luchas Sanitarias (DLS)   del Servicio Nacional de Sanidad Animal y Calidad Agroalimentaria (SENASA) es la  responsable de la programación, ejecución y evaluación de las campañas de sanidad animal.
6.- 1941
Se aprueba la Ley Nacional Nº 12.732 del 10 de Octubre de 1941, sobre “profilaxis de la hidatidosis”, que establece que esta zoonosis debe ser combatida por el estado y que el Poder Ejecutivo debe organizar una división de profilaxis en la Dirección de Ganadería y formular un programa de lucha.

7.- 1941
Se aprueba el Decreto Nº 92.705 que  establece que también deben ser combatidas por las autoridades sanitarias señaladas por la Ley N° 3959 las siguientes enfermedades: la “hidatidosis” o “equinococosis”, la “encefalomielitis”, el “edema gaseoso” o “carbunclo sintomático de los ovinos”.

8.- 1948
Se aprueba la Ley provincial  Nº 5220 de “profilaxis de la hidatidosis e hidrofobia de la provincia de Buenos Aires”.

9.- 1960
Se aprueba la Ley Nacional Nº 15.465 sobre Notificaciones Médicas Obligatorias, que reemplazó a la Ley 12.317 y al Decreto Nº 2.771 de 1979, modificatoria del Agrupamiento de Patologías Notificables de la Ley Nº 15.465.
La hidatidosis se incluye en el Grupo B (Notificación caso por caso. Enfermedad de Registro) de las enfermedades de notificación obligatoria, correspondiendo al Poder Ejecutivo Nacional y a los gobiernos provinciales reglamentar la ley dentro de sus respectivas competencias.

10.- 1968
Se aprueba el Decreto Nº 4.238/68 y sus modificatorios, establecen las normas para el contralor sanitario y el destino de las reses y los órganos que se encuentren afectados por diversas lesiones infecciosas o parasitarias, entre las que se incluye la hidatidosis. Estas normas, incluidas en el “Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal” impiden que mataderos y frigoríficos con inspección veterinarias se constituyen en una fuente de difusión de la enfermedad hidatídica. La Dirección de Fiscalización de Productos de Origen Animal (DFPOA), es la Dirección del SENASA responsable de la inspección sanitaria del procesamiento e industrialización de alimentos de origen animal y es el órgano ejecutor del Decreto.

10.- 1974
Se aprueba la Ley Provincial Nº 5.499, de la Provincia de Entre Ríos  “contra la rabia e hidatidosis animal”.

11.- 1981
Se aprueba la Ley Sanitaria Federal de Carnes Nº 22.375 y su Decreto Reglamentario Nº 473, que fijan pautas edilicias y de funcionamiento para los establecimientos de faena en los que deben aplicarse las medidas de contralor establecidas en el Decreto Nº 4.238/68.

12.-  1995
La Provincia de Chubut sanciona la Ley provincial Nº 4087, “obligatoriedad de la lucha antihidatídica”, que ahora lleva el nº 176.

13.- 2000
La provincia de Río Negro sanciona la Ley provincial Nº 3480 sobre la “obligatoriedad de la lucha antihidatídica”. Fue reglamentada según Decreto Nº 575 en el año 2002.

14.- 2007
La provincia de Tierra del Fuego,  sanciona la Ley provincial Nº 719 de "obligatoriedad de la lucha contra la hidatidosis en Tierra del Fuego”. Fue reglamentada según Decreto Nº 2047.



b.- NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

1.- 1985
Se aprueban por Resolución Nº 546 de la Secretaría de Salud “Las Normas Técnicas y Manual de Procedimientos para el control de la Hidatidosis en la República Argentina”.  
La “Norma Técnica” fija las líneas programáticas que servirán de pauta a los organismos oficiales para formular y desarrollar los programas de control de esta zoonosis. Incluye la organización nacional y provincial, los sistemas de vigilancia epidemiológica y los procedimientos para su control.

2.- 1987
El Ministerio de Salud de la provincia del Chubut aprueba las ”Normas y procedimientos para el control de la Hidatidosis en la provincia del Chubut”.-

3.-1995  
Revisión de la “Las Normas Técnicas y Manual de Procedimientos para el control de la Hidatidosis en la República Argentina”, por un grupo integrado por Ministerio de Salud de Nación, el Instituto Malbrán y representantes de programas provinciales.

4.- 2010  
El Ministerio de Salud de la Nación aprueba por Resolución  N° 2090 del 24 de noviembre de 2010 la actualización de las “Normas técnicas y manual de procedimientos para el control de la hidatidosis en la República Argentina”, aprobada por el Ministerio de Salud de la Nación en el año 1985 y de su revisión en el año 1995.

La Argentina se administra según un sistema federal en el que cada provincia es autónoma para planificar y ejecutar sus programas. El Ministerio de Salud de la Nación participa en la lucha contra la Hidatidosis, suministrando la medicación (albendazol) para la terapéutica específica de los casos humanos denunciados y el antiparasitario (praziquantel) para el control de la enfermedad en los caninos.

En esta Norma Técnica se proponen líneas programáticas que puedan servir como herramienta a los gobiernos provinciales para implementar acciones de vigilancia y control, bajo un programa provincial de Hidatidosis y para el fortalecimiento de los programas provinciales vigentes.

5. 2012
El Servicio Nacional de Sanidad Animal aprueba el “Manual de procedimientos”,  dirigido  principalmente a los  Veterinarios Locales de la Dirección Nacional de Sanidad Animal y a las autoridades nacionales y provinciales locales encargadas de la aplicación de las normas de policía sanitaria; por tanto, se centra en los principios de la enfermedad, su descripción, aplicaciones de las pruebas de laboratorio,  atención de sospechas y focos, etc.

6.- 2015
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación por resolución 459 de 2015 aprueban el “Plan Marco de Control de la hidatidosis en la República Argentina”.

Se detalla el plan marco de control de la Hidatidosis nacional  y se  invita a las autoridades de cada jurisdicción a elaborar e implementar, previa intervención de la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) correspondiente, planes de Control de la Hidatidosis a nivel local, municipal o provincial.


Bibliografía: La profilaxis de la eouinococosis-hidatidosis en países de producción ganadera extensiva. JOSE RAFAEL SERRES.  Veterinario – Académico – Hidatidólogo. Del  Relato en el XVI Congreso Internacional de Veterinaria, de mayo de 1959 en Madrid, España. Documento en la  Biblioteca de La Academia Nacional de Agronomía y Veterinaria

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